El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido, en fecha reciente, una sentencia que no ha resultado del agrado de ningún español o española  dignos y honestos.

Llama la atención que todos los países con sus gobiernos al frente y todas las instituciones europeas (Consejo, Parlamento, Comisión…)  avalen y admitan siempre las tesis y las decisiones de los gobiernos y la justicia española y que, sin embargo, siempre que algún tribunal de ámbito exterior, cualquiera que sea su jurisdicción, ha tenido que decidir sobre lo concerniente al proceso catalanista en España (y no solo este, pues recordemos sin ir más lejos el daño que nos hizo la anulación de la llamada doctrina Parot o la no extradición de etarras, asesinos confesos, desde Bélgica) nos ha acabado por dejar muy mal sabor de boca.

Se ha acusado, y tal vez no tan desacertadamente, al juez Marchena de haber cedido ante los sempiternos complejos y aceptar adaptar la sentencia del juicio de los encausados por el golpe de estado independentista catalanista, claudicando ante las tesis minoritarias de algunos jueces emitiendo un dictamen por unanimidad solo por sedición, en lugar de por rebelión como era el parecer mayoritario de los magistrados. Y todo, se deduce, con la mirada puesta en evitar que, a posteriori, el Tribunal Europeo pudiera echar abajo este fallo judicial. Y también se está poniendo en serias dudas la oportunidad de que fuera nuestro propio Tribunal Supremo quien elevase consulta al TJUE sobre la inmunidad o no de Oriol Junqueras al ser elegido Diputado del Parlamento Europeo, con el desastroso resultado que ya conocemos. Sí, todo parece tener relación con nuestros constantes e incomprensibles complejos.

En cuanto a la propia sentencia del TJUE, me parece -aun reconociendo ser un perfecto lego en la materia- que digan lo que digan los fundamentos jurídicos en que se basa esa decisión, es una barbaridad que si los delitos por los que se está juzgando a los encausados u otros sobre los que pesa una orden de búsqueda internacional, se cometieron antes de presentarse a los comicios europeos, se les pueda aplicar dicha inmunidad con efectos retroactivos ¿Podría haberse actuado de igual manera con otros que hubieran sido anteriormente acusados y condenados por genocidio? Me pregunto.

Siendo como es la sentencia del Tribunal Europeo un varapalo para la justicia española, tampoco sus consecuencias debieran ser excesivamente graves. Junqueras seguirá en prisión por estar condenado e inhabilitado -siempre que el gobierno en funciones que sufrimos no invente alguna nueva cuadratura del círculo para convencer a ERC de que apoye su investidura, algo que no podemos descartar- y el prófugo Puigdemont tomará posesión de su bien remunerado puesto en el Parlamento Europeo en el que permanecerá hasta que este organismo le retire la inmunidad ante el suplicatorio que elevará -esperemos que tampoco nadie lo evite- la justicia de nuestro país. Y, por supuesto, si osara volver a España sería inmediatamente detenido y puesto a disposición judicial. Así que, señores del procés, menos humos y pocas campanitas al vuelo.

Hay quien opina que si algo del mismo calibre se hubiera planteado, por ejemplo, con Francia, Gran Bretaña o Alemania, el TJUE no hubiera osado dictaminar tal cual ahora acaba de hacer. Eso es algo que, como no ha ocurrido nunca, no podemos aseverar, pero lo que sí sabemos a ciencia cierta es que en ocasiones y en otros casos, estos países se han pasado algunas resoluciones del mismo tribunal por el arco de sus pasiones.

Un número no pequeño de los países de la Unión Europea, entre los que se encuentran los ya citados, ha establecido que sean cuales sean los veredictos de la Corte Europea, si se tratara de poner en riesgo alguna parte esencial de sus propias Constituciones, no se admitiría la supremacía del susodicho TJUE. Y en España, nuestro Tribunal Constitucional  expresó en diciembre de 2.004 que “la supremacía del derecho comunitario implica relevancia, no supralegalidad sobre las normas constitucionales”.

Pues el caso es que nadie podrá negar que el proceso sedicioso iniciado por el independentismo radical atenta contra la Constitución del Reino de España ¿O no?