Jurar o prometer sin condiciones. Y si no, no.
Muchos políticos españoles (a algunos les molestará lo de españoles) toman posesión de sus cargos prestando juramento o promesa de acatamiento a la Constitución y lealtad al Rey usando la fórmula legalmente establecida (Ley Orgánica 5/1985 y Real Decreto 707/1979) aunque algunos añaden pedantes coletillas como la de "por imperativo legal" u otras vulgares y frívolas simplezas. Los que así hacen, parecen decir que acatan porque no les queda otro remedio pero que, en realidad, ni juran ni prometen ni nada parecido y que a la Constitución y al Rey se los pasan por donde los emperadores romanos cruzaban tras el éxito en las batallas. El uso de tales términos fue aceptado por el Tribunal Constitucional, al parecer porque con la ley tal como está redactada no se puede hacer otra cosa ya que, entre otras razones "no vacían, limitan o condicionan el sentido propio [de la ley]", algo que nos resulta, cuando menos, difícil de entender. En un estado de derecho las sentencias tendrán límites, pero nada evitará que tales expresiones sigan siendo tan superficiales como insolentes. El ex honorable Puigdemont prometió fidelidad solo al pueblo de Cataluña y al Parlament, pero el tema se soslayó con banalidades con las que no todos los juristas estaban de acuerdo; sería por la necesidad de "hacer política" -recurrente término, cajón de sastre amoldable a cada interés o ideología- pero ahora que nadie alegue sorpresa. Qué diferente era el ejemplar juramento de los antiguos Reyes de Aragón: "…os hacemos Principal… con tal que guardéis nuestros fueros y libertades; y si no, no".
Los símbolos y los gestos tienen su importancia y de tales polvos tales lodos.